¿Qué es? ¿Cuáles son sus ventajas y cómo acceder a ellas?

A la hora de mejorar las competencias profesionales de los trabajadores, las empresas disponen de distintas opciones, siendo una de las más usadas la FORMACIÓN BONIFICADA. No todas las empresas conocen esta fórmula de formación a través de las bonificaciones en la cotización de la Seguridad Social.

¿Qué es la formación bonificada?

Todas las empresas disponen de un crédito anual para poder formar a sus trabajadores sean del sector que sean.

¿Cómo se realiza este tipo de bonificación? Todas las empresas y los empleados aportan mensualmente una cantidad determinada a la Seguridad Social en concepto de formación. Esta aportación mensual es la que se puede invertir para la formación bonificada, recuperando, la empresa, el importe para la realización de cursos por parte de sus empleados.

Así, las empresas y los trabajadores tienen la oportunidad de mejorar las competencias profesionales sin necesidad de abonar un importe adicional.

¿Quién se encarga de coordinar la formación bonificada?

La entidad que fomenta y coordina la formación bonificada para las empresas es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), que colabora con el Servicio Público de Empleo para la ejecución de las políticas públicas en materia de Formación Profesional relacionada con el empleo.

En la FUNDAE participan diversas organizaciones empresariales como son CEOE o CEPYME, así como sindicatos como UGT, CCOO y CIG.

Características principales de la formación bonificada

  • Sólo se podrán acoger a ésta modalidad los trabajadores de una empresa, nunca los autónomos o desempleados.
  • Sólo se aplica la bonificación para los cursos presenciales y online, no a distancia.

Pasos a seguir para acogerse a la formación bonificada

  1. La empresa elige la formación que se ajuste a tus necesidades.
  2. ICG FORMACIÓN comprobará el crédito disponible con el que cuenta la empresa.  Se realiza fácilmente cumplimentando el documento “CONVENIO DE AHESIÓN”.
    >Este documento nos autoriza simplemente a poder comprobar el crédito anual disponible en formación de tu empresa.
  3. Los trabajadores de la empresa realizan la formación elegida.
  4. Posteriormente, ICG FORMACIÓN, contactará con la asesoría de la empresa o con la persona o departamento encargado de la tramitación de las nóminas, comunicando la bonificación mediante los TC1 que se elaboran a final de mes del importe en créditos que se hayan gastado en la formación realizada.
    Es decir, la empresa dejará de pagar seguros sociales por el mismo importe de los créditos consumidos en formación.
  5. Por último, una vez realizada la formación y bonificados los seguros sociales de los trabajadores participantes en la formación, ICG FORMACIÓN emitirá una factura en concepto de formación y la empresa bonificada (que ha disfrutado de la formación de sus trabajadores) realizará el pago de la misma a ICG FORMACION